Reglas de la Competencia

Reglas de la Competencia se refiere a: Qué juez debe atender un proceso.

Reglas de la Competencia

 by   JORGE MACHICADO

  1. Por acciones reales
  2. Por acciones personales
  3. En materia de sucesiones

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Casa de Justicia, Lima, Peru. "Es notable el estilo neoclásico francés de este edificio. Fue inspirado en el Palacio de Justicia de Bruselas (Bélgica). Este edificio fue propuesto por el presidente Augusto B. Leguía. Se acabo de construir en 1939. Los dos leones de la puerta fueron los sobrantes de doce ubicados en Chorrillos (dice la tradición). Luego de la guerra contra Chile sólo quedaron unos pocos." (Dante Elias). Traduccion © AJ™ /Photo © Aborder / TravelPod.

Palacion de Justicia, Bruselas, Belgica. © TodoColeccion

Se refiere a: Qué juez debe atender un proceso. Por ejemplo, si la cosa en controversia esta en La Paz pero el deudor esta en Santa Cruz.

¿A que juez debe interponer el memorial de demanda de pago? ¿Al juez de La Paz o al juez de Santa Cruz?

Introito

Una acción real tiene por finalidad obtener judicialmente la declaración de certeza de un derecho que afecta a una cosa. Por ejemplo, la acción reivindicatoria [1].

Una acción personal corresponde a alguno para exigir de otro el cumplimiento de cualquier obligación contraída o exigible. Es personal por cuanto se da contra la persona obligada o a su heredero.

Una acción mixta es una combinación de las anteriores. Modernamente, la distinción entre acciones reales y mixtas carece de importancia y de interés procesal, ya que la acción y el derecho a ejercitarla son únicos e independientes del derecho reclamado.

Por acciones reales

Por acciones reales, es competente:

  • Juez de donde esta la cosa o, del domicilio del demandado.
  • Si la cosa abarca dos competencias, elige el actor.
  • Si hay varias cosas en distintos lugares, elige el actor.

Por acciones personales

Por acciones personales es competente (a elección del actor) juez:

  • Del domicilio del demandado.
  • Del lugar donde debe cumplir la obligación.
  • Del lugar donde fue suscrito el contrato.

En materia de sucesiones

En materia de sucesiones, es competente juez:

  • En Bolivia es competente el juez del último domicilio del de cujus (el fallecido).
  • Es competente el juez del lugar donde se hallan los bienes.

Si no hay domicilio conocido, es competente el juez de donde se halla el demandado.
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[1] Acción reivindicatoria. Constituye una acción dirigida a recuperar la cosa  de nuestra propiedad, que por cualquier motivo está poseyendo otro, con sus frutos, productos o rentas. “Acción por el cual el propietario no poseedor hace efectivo su derecho contra el poseedor no propietario.” (Demburg).

Cómo citar este APUNTEJURIDICO®:

MACHICADO, Jorge, "Reglas de la Competencia ", Apuntes Juridicos™, 2012, http://jorgemachicado.blogspot.com/2012/02/reco.html Consulta:

Determinacion de la Competencia

La competencia de un tribunal o juez para conocer un proceso se determina por razón de territorio (límite geográfico donde un juzgado tiene competencia), de la naturaleza (pública o privada-arbitraje-), materia (penal, civil, familiar,) o cuantía (monto de dinero litigado) y de la calidad de las personas que litigan (casos de corte).

Determinacion de la Competencia

 by   JORGE MACHICADO

  1. Competencia Por La Calidad De Las Personas Que Litigan
  2. Competencia Según Su Naturaleza
  3. Competencia Por Cuantía
  4. Competencia Por Materia
  5. Competencia Territorial

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Determinacion de la Competencia Photo © AJ™

La competencia de un tribunal o juez para conocer un proceso se determina por razón de territorio (límite geográfico donde un juzgado tiene competencia), de la naturaleza (pública o privada-arbitraje-), materia (penal, civil, familiar,) o cuantía (monto de dinero litigado) y de la calidad de las personas que litigan (casos de corte).

COMPETENCIA TERRITORIAL

COMPETENCIA TERRITORIAL. PRÓRROGA. Se refiere al límite geográfico donde un juzgado tiene competencia. Por ejemplo, las CSD tiene competencia en el Departamento respectivo de Bolivia.

Esta clase de competencia únicamente se prorroga por consentimiento tácito o expreso de las partes.

Hay consentimiento tácito cuando el demandado contesta ante juez incompetente, sin oponer esta excepción (LOJ, 28).

Existe prórroga expresa de competencia cuando las partes convienen en someterse a un juez, que para una de las partes, o ambas, no es competente.

COMPETENCIA POR MATERIA

COMPETENCIA POR MATERIA. Se traduce en especialidades de los juzgados, unos conocen sólo procesos en lo penal, otros sólo conocen procesos en lo civil, en lo familiar, etc.

COMPETENCIA POR CUANTÍA

COMPETENCIA POR CUANTÍA. Por la cantidad del monto de dinero litigado los juzgados se dividen (LOJ, 197 - 199) en:

  • Juzgados de Mínima Cuantía (ex - juzgados parroquiales) atendidas por los comandantes de la Comisaría Policial que conocen hasta montos de 500 Bs.
  • Juzgados de Instrucción, que conocen montos de 501 a 30.000 Bs.
  • Juzgados de Partido que conocen de montos de dinero de 30.001 Bs. hacia arriba.

El monto es determinado por a través providencia de Sala Civil de la CSJ. (LOJ, 55 inc. 33).

COMPETENCIA SEGÚN SU NATURALEZA

COMPETENCIA SEGÚN SU NATURALEZA. La competencia puede ser pública o privada. Por ejemplo, es competencia privada el de los jueces árbitros que dirimen controversias en el campo comercial, que es eminentemente privado. "Pueden someterse a arbitraje, las controversias que deriven de una relación jurídica patrimonial de derecho privado y de naturaleza contractual " (LCN, 4)

COMPETENCIA POR LA CALIDAD DE LAS PERSONAS QUE LITIGAN

COMPETENCIA POR LA CALIDAD DE LAS PERSONAS QUE LITIGAN. Los jueces inferiores no tienen competencia para conocer procesos en el que una de las partes, exclusivamente el querellado por un delito cometido durante sus funciones, goza de caso de corte.
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Caso de Corte. Proceso de levantamiento del fuero para que la persona que ocupó cargo publico de decisión sea procesado por tribunales superiores. El Fuero (del latin “forum”, tribunal) es un conjunto de privilegios otorgados a ciertos cargos públicos, por lo que la persona que ocupa dicho cargo no es procesado por tribunales inferiores.

Cómo citar este APUNTEJURIDICO®:

MACHICADO, Jorge, "Determinacion de la Competencia", http://jorgemachicado.blogspot.com/2012/02/deco.html Consulta:

Clases De Plazos Procesales

El Plazo Procesal es el Lapso de tiempo en que debe realizarse un acto procesal. Son: Plazo Legal, Plazo Convencional, Plazo Judicial, Común, Particular, Prorrogable, Improrrogable, Fatal, Perentorio O Preclusivo y No Perentorio.